Renta Activa de Inserción (RAI) 2026: Requisitos y Solicitud
Descubre cómo solicitar la Renta Activa de Inserción (RAI) en 2026. Requisitos, cuantías, colectivos prioritarios, caso práctico y trámite paso a paso.
La Renta Activa de Inserción (RAI) es una prestación de nivel asistencial gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Su finalidad esencial es incrementar las oportunidades de reinserción en el mercado de trabajo de aquellas personas desempleadas que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad económica y social, y que han agotado previamente las prestaciones contributivas y los subsidios ordinarios por desempleo.
A diferencia del paro convencional o del subsidio por insuficiencia de cotización, la RAI no depende de los días cotizados a la Seguridad Social en la última etapa laboral, sino de la pertenencia a colectivos específicos con especiales dificultades de inserción (desempleados de larga duración mayores de 45 años, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o doméstica, y emigrantes retornados).
A continuación, analizamos detalladamente el marco regulador de la RAI, sus exigencias de carencia de rentas, la cuantía actualizada, un caso práctico de liquidación y el procedimiento oficial para su solicitud.
Naturaleza y características clave de la RAI
La Renta Activa de Inserción combina una ayuda económica mensual con la obligación de realizar un Compromiso de Actividad supervisado por los servicios públicos de empleo, que incluye la participación en itinerarios personalizados de inserción sociolaboral, cursos de formación y búsqueda activa de empleo.
Duración y convocatorias
- Duración máxima por concesión: La RAI se concede por un periodo máximo de 11 meses ininterrumpidos.
- Número de solicitudes: Se puede percibir un máximo de 3 veces (33 meses en total) a lo largo de la vida laboral del trabajador.
- Periodos de espera entre solicitudes: Salvo en los casos de víctimas de violencia de género o doméstica y personas con discapacidad, se exige dejar transcurrir un año de espera desde que finaliza el cobro de una RAI hasta poder solicitar la siguiente.
Cuántos euros se cobran por la RAI en 2026
La cuantía de la Renta Activa de Inserción está vinculada de forma directa al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) fijado en los Presupuestos Generales del Estado.
Tabla de importes y duración
| Concepto | Porcentaje IPREM | Importe Mensual | Importe Total (11 meses) |
| Cuantía mensual de la RAI | 80 % del IPREM | 480,00 € | 5.280,00 € |
| Ayuda suplementaria por cambio de residencia (Solo víctimas de violencia de género obligadas a mudarse) | 3 mensualidades de RAI | Pago único de 1.440,00 € | Cifra variable según expediente |
Nota: La Renta Activa de Inserción se abona mediante nómina mensual gestionada por el SEPE entre los días 10 y 15 de cada mes a la cuenta bancaria donde el solicitante sea titular.
Requisitos generales de acceso a la RAI
Para acceder a cualquiera de las cuatro modalidades de la Renta Activa de Inserción, el solicitante debe cumplir de forma obligatoria una serie de condiciones comunes a todos los colectivos, además de los requisitos específicos de su grupo.
1. Requisitos generales obligatorios
- Edad: Ser menor de 65 años en la fecha de la solicitud y haber cumplido 45 años (salvo para las víctimas de violencia de género o doméstica y emigrantes retornados, que pueden ser menores de esa edad).
- Situación laboral: Estar desempleado y legalmente inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Agotamiento previo: Haber agotado la prestación contributiva por desempleo y los subsidios por desempleo ordinarios. No se debe tener derecho a ninguna de estas prestaciones.
- Búsqueda Activa de Empleo (BAE): Acreditar ante el servicio público de empleo la realización de al menos 3 acciones de búsqueda activa de empleo durante el periodo de inscripción previo.
2. Criterio de carencia de rentas
- Carencia de rentas individuales: Los ingresos del solicitante no pueden superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Carencia de rentas de la unidad familiar: Si el solicitante tiene cónyuge e hijos menores de 26 años (o mayores con discapacidad igual o superior al 33 %), la suma de todos los ingresos brutos de la unidad familiar dividida entre el número de miembros que la componen tampoco puede superar el umbral del 75 % del SMI por persona.
Requisitos específicos según el colectivo
Además de las condiciones generales, se debe acreditar la inclusión en uno de los cuatro colectivos protegidos por la normativa reguladora de la RAI:
Colectivo 1: Desempleados de larga duración mayores de 45 años
- Tener 45 o más años en la fecha de la solicitud.
- Haber agotado previamente una prestación contributiva o subsidio por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo de forma ininterrumpida durante 12 o más meses (se consideran interrumpidas las inscripciones si se ha trabajado 90 o más días en el último año).
Colectivo 2: Personas con discapacidad igual o superior al 33 %
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, o ser pensionista por incapacidad permanente.
- Haber agotado previamente una prestación o subsidio por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 12 meses ininterrumpidos (se extingue la exigencia de haber agotado otras prestaciones si procede de un grado de discapacidad previo).
Colectivo 3: Víctimas de violencia de género o doméstica
- Acreditar la condición de víctima de violencia de género o doméstica mediante sentencia judicial, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal o servicios sociales.
- Estar inscrita como demandante de empleo (no se exige tener 45 años ni haber permanecido 12 meses ininterrumpidos inscrita).
- No haber convivido con el agresor en las fechas inmediatas previas.
Colectivo 4: Emigrantes retornados
- Haber trabajado como mínimo 6 meses en el extranjero en los últimos 6 años desde el retorno a España en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
- Tener 45 o más años en la fecha de retorno y solicitud.
- Estar inscrito como demandante de empleo tras la llegada a España.
Caso práctico de cálculo y concesión de la RAI
Para comprender cómo evalúa el SEPE la concesión y la viabilidad económica de la RAI, analicemos el caso real de Carlos:
Contexto del solicitante
- Datos personales: Carlos tiene 47 años, está divorciado y vive con su hijo de 19 años, que cursa estudios universitarios y no percibe ingresos.
- Historial laboral: Agotó su último subsidio por desempleo hace 14 meses y lleva 15 meses inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo en el servicio autonómico.
- Ingresos de Carlos: Percibe 150 € al mes por trabajos esporádicos en negro/trabajo puntual no cotizado o ingresos ocasionales legales del capital mobiliario.
- Pensión alimenticia: Recibe 200 € al mes abonados por su expareja para la manutención del hijo común.
Paso 1: Verificación de requisitos individuales y de colectivo
- Edad: 47 años (cumple el requisito de mayor de 45 años).
- Demandante de larga duración: Inscrito ininterrumpidamente durante 15 meses (cumple el mínimo de 12 meses).
- Agotamiento de ayudas: Agotó el subsidio por desempleo previa solicitud (cumple el criterio).
- Acciones BAE: Presenta acreditación de haber enviado CV a 4 empresas y realizado 1 entrevista de trabajo.
Paso 2: Evaluación de la carencia de rentas familiares
Para el año en curso, el límite del 75 % del SMI excluidas pagas extras se fija en un umbral de referencia de 850,50 € mensuales por persona.
Calculamos los ingresos totales de la unidad familiar compuesta por Carlos y su hijo (2 personas):
$$\text{Ingresos de Carlos} = 150 \text{ €/mes}$$
$$\text{Pensión alimenticia del hijo} = 200 \text{ €/mes}$$
$$\text{Ingresos totales de la unidad familiar} = 150 + 200 = 350 \text{ €/mes}$$
Dividimos los ingresos totales entre el número de miembros del hogar:
$$\text{Renta media por miembro} = \frac{350 \text{ €}}{2 \text{ personas}} = 175 \text{ €/mes por persona}$$
Como 175 € es sensiblemente inferior al límite individual de 850,50 €, Carlos y su hijo cumplen con el requisito de carencia de rentas familiares.
Resultado y liquidación del expediente
El SEPE aprueba la solicitud de la RAI para Carlos:
$$\text{Duración aprobada} = 11 \text{ meses}$$
$$\text{Cuantía mensual a percibir} = 480{,}00 \text{ €/mes}$$
$$\text{Total global de la ayuda} = 11 \times 480 = 5.280{,}00 \text{ €}$$
Durante el cobro de los 480 € mensuales, Carlos tiene la obligación legal de renovar su tarjeta de demanda de empleo («sellar el paro») cada 3 meses y acudir a todas las citaciones de su orientador laboral.
Documentación obligatoria para el expediente de la RAI
Antes de iniciar la tramitación telemática o presencial en el SEPE, debes reunir la siguiente documentación en formato digital o en fotocopias legibles:
- Modelo oficial de solicitud de la RAI cumplimentado en todos sus apartados.
- Documento oficial de identificación: DNI, Pasaporte o TIE/NIE en vigor de la persona solicitante y de los miembros de su unidad familiar.
- Justificante de Búsqueda Activa de Empleo (BAE): Documento firmado por el servicio público de empleo autonómico o por una agencia de colocación que certifique la realización de al menos 3 acciones de búsqueda activa de empleo.
- Certificado de titularidad bancaria: Documento emitido por el banco con el código IBAN donde figure el solicitante como titular de la cuenta.
- Acreditación específica del colectivo:
- Personas con discapacidad: Certificado expedido por el IMSERSO o el órgano autonómico competente.
- Víctimas de violencia de género/doméstica: Sentencia judicial, orden de protección o informe acreditativo de los servicios sociales.
- Emigrantes retornados: Certificado de emigrante retornado expedido por la Subdelegación del Gobierno.
Procedimiento paso a paso para solicitar la RAI
La solicitud de la Renta Activa de Inserción puede tramitarse a través de la Sede Electrónica del SEPE con identificación digital, o presencialmente en las oficinas del SEPE mediante cita previa.
1.Acreditación de la Búsqueda Activa de Empleo (BAE):Servicio de Empleo de tu Comunidad Autónoma.
Dirígete a tu oficina autonómica de empleo para que te expidan el certificado de Búsqueda Activa de Empleo o registra a través de su portal web las 3 acciones requeridas (envío de currículums, entrevistas de trabajo o inscripción en portales de empleo).
2.Acceso al trámite oficial:Sede Electrónica del SEPE o Cita Previa presencial.
Accede al portal web del SEPE en el apartado ‘Solicite su prestación’ utilizando Cl@ve, Certificado Digital o DNIe. Si optas por la vía presencial, solicita Cita Previa en el portal oficial del SEPE seleccionando el trámite ‘Prestaciones y Subsidios’.
3.Cumplimentación del formulario de la RAI:Declaración de ingresos y situación familiar.
Rellena los datos personales, indica la modalidad de RAI a la que te acoges (larga duración, discapacidad, violencia de género o emigrante retornado) y detalla las rentas obtenidas por ti y por tu unidad familiar.
4.Adjunto de la documentación necesaria:Formatos aceptados: PDF o imagen clara.
Sube las copias del DNI de todos los miembros del hogar, certificado bancario, justificante de la BAE y el documento específico que acredite tu condición en el colectivo correspondiente.
5.Resolución y cobro:Notificación oficial en un plazo máximo de 15 días.
El SEPE analizará tu expediente y te notificará la resolución. En caso de aprobación, comenzarás a cobrar los 480 € mensuales a partir del mes siguiente al de la presentación de la solicitud.
Obligaciones de los beneficiarios y causas de exclusión
La percepción de la Renta Activa de Inserción no es un ingreso pasivo, sino que exige el cumplimiento estricto de las siguientes obligaciones:
- Incompatibilidad con el trabajo por cuenta ajena o propia: Trabajar a tiempo completo suspende o extingue la cobranza del subsidio, salvo en determinados programas de incentivo al empleo o contratos a tiempo parcial donde se descuenta la parte proporcional.
- Presentarse a las citas del SEPE y cursos de formación: La no comparecencia no justificada a una cita de orientación laboral o a un curso obligatorio conlleva la baja definitiva de la RAI y la pérdida de las mensualidades restantes.
- Comunicar variaciones económicas: Es obligatorio notificar al SEPE en un plazo de 15 días si tú o cualquier miembro de tu unidad familiar comenzáis a percibir nuevos ingresos o cambiáis de domicilio.
- Salidas al extranjero: Viajar al extranjero sin autorización previa del SEPE puede suponer la extinción automática de la ayuda. Las salidas por trabajo, formación o búsqueda de empleo deben ser notificadas y aprobadas previamente.
Preguntas frecuentes sobre la Renta Activa de Inserción (FAQ)
¿Se puede cobrar la RAI y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) al mismo tiempo?
No son prestaciones directamente acumulables en su totalidad. El Ingreso Mínimo Vital toma en cuenta la RAI como un ingreso computable. Si cobras la RAI (480 €) y solicitas el IMV, la cantidad que te concederán del IMV será la diferencia entre la renta garantizada para tu hogar y los 480 € que ya recibes del SEPE.
¿Qué ocurre si me deniegan la RAI por superar el límite de rentas?
Si la solicitud es denegada por superar el umbral económico, puedes presentar una Reclamación Previa en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución, adjuntando la documentación que demuestre el error en el cálculo de los ingresos o la actualización de tus datos familiares.
¿La RAI cotiza para la pensión de jubilación?
No. A diferencia del Subsidio por Desempleo para mayores de 52 años, la Renta Activa de Inserción es una ayuda puramente asistencial y no genera cotizaciones a la Seguridad Social para la jubilación ni para ninguna otra contingencia social.



